¿Pensando en instalar un ascensor en tu comunidad? Cómo conseguir las subvenciones
Los proyectos de accesibilidad en el ámbito residencial ponen el foco en la instalación de estos espacios arquitectónicos
Por Laura Castellanos
Mejorar la accesibilidad de los edificios es una triple inversión para sus residentes por el aumento de la seguridad, pero también de su calidad de vida y del propio valor patrimonial del inmueble. Para garantizar que las intervenciones se realicen con éxito, se recomienda seguir las recomendaciones de los profesionales y conocer las subvenciones vigentes.
Un primer paso es contar con los conocimientos de un estudio de arquitectura que analice la viabilidad del proyecto. «Hay distintos grados de accesibilidad que se pueden alcanzar con estas obras, que vendrán definidos por la morfología y características previas del inmueble donde haya que actuar y del presupuesto del que se disponga», explica Itziar de la Puerta desde IP Arquitectura y Urbanismo.
Estos grados, recogidos en el Decreto 68/2000, se clasifican en tres tipos de percentiles: 95, 50 y 5 donde a mayor número, mayor porcentaje de población puede hacer uso del espacio de forma autónoma. «Normalmente, el primer grado se asocia a la accesibilidad universal, mientras que el segundo se equipara a los criterios de practicabilidad que la normativa permite aplicar en casos de rehabilitación y/o reforma», y reconoce la experta que «lo ideal sería alcanzar siempre los parámetros de accesibilidad universal», aunque en la práctica esto no es tan sencillo en los edificios ya construidos. En términos generales, se ha de analizar el espacio, la estructura y la distribución de las zonas comunes, así como las barreras arquitectónicas existentes dentro y fuera del inmueble.
Con todo ello se elabora un proyecto a medida de la comunidad de vecinos que lo solicita. «Un parámetro fundamental a considerar es si en el edificio viven personas mayores de 65 años o con una discapacidad reconocida, ya que la obligatoriedad de la ejecución de las obras varía», advierte. Establecer un presupuesto de la intervención a realizar y solicitar las licencias pertinentes darían paso a la ejecución de la obra, siempre de la mano de una dirección técnica que supervise después el correcto funcionamiento de lo instalado. «Esta suele ser la fase más farragosa y molesta del proceso, ya que lo habitual es que las obras se desarrollen mientras las viviendas están en uso».
De proyecto a realidad
Entre las principales intervenciones destaca la instalación de ascensores a cota cero, seguida por la construcción de rampas y la adaptación de los accesos y espacios comunes. En el primer caso, se ha de modificar o instalar un nuevo ascensor para que su entrada esté al mismo nivel que la calle, sin obstáculos como escaleras. En cuanto a las rampas, permiten salvar pequeños desniveles en las entradas para facilitar el acceso de sillas de ruedas, personas con movilidad reducida u otros elementos como los carros de bebé. Por último, otras soluciones de accesibilidad serían las de instalación de pasamanos, señalización táctil y visual, adaptaciones en buzones o porteros automáticos, o redimensión de los accesos como las puertas de entrada.
Tomando como referencia el elemento más intervenido en este contexto, ¿en qué consiste concretamente una bajada a cota cero de un ascensor? Se trata de «eliminar la barrera de las escaleras que tienen algunos portales y fincas para que cualquier persona pueda acceder a él desde la calle sin obstáculos», detalla Miguel Corrochano, director de servicios de TK Elevator. «Primero se demuelen las escaleras existentes y se excava, si hace falta, para generar el nuevo nivel de acceso. A veces es necesario ampliar o adaptar el foso del ascensor y coordinar los trabajos para instalar aquellos componentes que se necesiten, como son nuevas puertas, nuevos tramos de guías y algunos elementos mecánicos». Con esta fase finalizada, se construye el nuevo acceso a nivel cero o, puntualiza, «con una rampa accesible si el edificio tiene alguna limitación estructural».
Los remates finales (como los pavimentos antideslizantes, la iluminación o la señalización) dan paso a las pruebas de verificación previas a su puesta en marcha. «El resultado es un portal completamente accesible donde cualquier persona –mayores, niños, personas con movilidad reducida, o simplemente alguien con un carro de la compra– pueda llegar al ascensor sin barreras».
Se ha de tener en cuenta, así mismo, la nueva normativa de la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 a la hora de ejecutar los trabajos de accesibilidad en los nuevos ascensores. La ITC regula las condiciones de seguridad, la puesta en servicio y el mantenimiento de estos, además de su inspección y modificación. Sin embargo, desde su actualización en julio de 2024, se añaden nuevas obligaciones que se contemplan tanto para empresas como propietarios.
Tal y como enumera de la Puerta, estas prescripciones «se dan en puntos tales como la nivelación y la precisión de parada; en la protección contra el cierre de puertas automáticas; en la protección de movimientos incontrolados de la cabina en sus distintas situaciones de uso; la comunicación bidireccional para el rescate en caso de atrapamiento…». Y advierte que en los casos en que los ascensores no puedan asegurar dicha seguridad en base a la nueva norma, «será necesaria su actualización según los plazos marcados por la ITC».
De esta forma, añade Corrochano que «la norma actualiza criterios técnicos y los estándares de mantenimiento con el objetivo de elevar el nivel de seguridad del parque instalado, reforzando la responsabilidad del titular, que debe garantizar el contrato de mantenimiento con la empresa conservadora habilitada, documentación técnica actualizada e inspecciones periódicas realizadas por un organismo de control autorizado independiente». En su caso, desde TK Elevator han reforzado los protocolos de cada instalación, actualizado los planes de mantenimiento y las soluciones técnicas con arreglo a la nueva normativa. Además, señala, «hemos puesto a disposición de nuestros clientes herramientas informativas para facilitar la transición a la nueva regulación y asegurar la correcta aplicación de la ITC en cada equipo».
Brecha informativa
Para afrontar los gastos derivados de un proyecto de esta enverga-dura se han de conocer los programas de ayudas disponibles. En el marco de la Orden de 21 de julio de 2021 se recogen diversas medidas financieras para cada tipo de actuación. En la línea 3 entrarían las obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente. En esta, en concreto, existe un apartado especial para el fomento de la accesibilidad. De la Puerta aña-de que «la Diputación Foral de Bizkaia dispone del Programa Gizatek». Además, ayuntamientos como el de Bilbao o Vitoria-Gasteiz también cuentan con ayudas específicas a este fin.
Pese a la existencia de los recursos anteriormente detallados, lamenta Corrochano la persistencia de «una brecha informativa» importante. Según el informe ‘Retos y oportunidades de la movilidad accesible en España’, elaborado por TK Elevator, «solo el 19% de la población vasca conoce que existen ayudas públicas para llevar a cabo este tipo de obras. La accesibilidad no depende únicamente de que existan ayudas, sino de que sean conocidas y correctamente gestionadas por las comunidades que las necesitan», concluye.
Más seguridad en la nueva ITC
A modo de resumen, algunas de las principales actualizaciones que contempla la Instrucción Técnica Complementaria de Ascensores en materia de seguridad son las siguientes:
• Mejoras en la nivelación de cabina y en la precisión de parada.
• Protección contra el cierre de puertas automáticas con la incorporación de dispositivos de detección de personas y objetos al entrar o salir.
• Comunicación bidireccional con la exigencia de incorporar un dispositivo de petición de socorro al centro de atención al cliente 24 horas
• Protección del usuario contra los movimientos incontrolados ascendentes, en reposo y con las puertas abiertas.
• Sistemas de control de carga para asegurar que la cabina no albergue más personas que las permitidas.
• Medidas para garantizar que los contrapesos y el sistema de guiado puedan ser inspeccionados en todo el recorrido, a excepción de aquellos denominados CE o catalogados como patrimonio histórico artístico.
